Señor Contribuyente, si usted considera que el predio a intervenir cumple con los requisitos para ser beneficiario de alguno de los estímulos establecidos en el artículo 91 del Decreto 0810 de 09 de junio de 2023 “POR MEDIO DEL CUAL SE COMPILA, RENUMERA Y ORDENA EL ESTATUTO TRIBUTARIO DEL DISTRITO TURÍSTICO Y CULTURAL DE CARTAGENA DE INDIAS”, debe solicitar ante la Secretaría de Hacienda la resolución que le otorgue dicho beneficio enviando la respectiva certificación emitida por el Instituto de Patrimonio Cultural de Cartagena – IPCC.
Recuerde que este estímulo únicamente será aplicado en la Declaración y Liquidación Privada del Impuesto de Delineación Urbana, la cual debe presentar dentro del mes siguiente a la terminación de la obra conforme lo establece el artículo 88 del Decreto 0810 de 2023.