Señor Contribuyente, si usted considera que el predio a intervenir cumple con los requisitos para
ser beneficiario de alguno de los estímulos establecidos en el artículo 91 del Decreto 0810 de 09 de
junio de 2023 “POR MEDIO DEL CUAL SE COMPILA, RENUMERA Y ORDENA EL ESTATUTO TRIBUTARIO DEL
DISTRITO TURÍSTICO Y CULTURAL DE CARTAGENA DE INDIAS”, debe solicitar ante la Secretaría de
Hacienda la resolución que le otorgue dicho beneficio enviando la respectiva certificación emitida
por el Instituto de Patrimonio Cultural de Cartagena – IPCC.
Recuerde que este estímulo únicamente será aplicado en la Declaración y Liquidación Privada del
Impuesto de Delineación Urbana, la cual debe presentar dentro del mes siguiente a la terminación de
la obra conforme lo establece el artículo 88 del Decreto 0810 de 2023.